Privilegios de la Unión
Se conoce por este nombre a dos privilegios otorgados por Alfonso III de Aragón (1285–1291) a una unión de nobles, mesnaderos, caballeros e infanzones de los reinos de Aragón, Valencia y Ribagorza, además de la c. de Zaragoza. Se firmaron el 28-XII-1287, pero en esta ocasión la rebelión aristocrática no fue secundada por los demás sectores sociales, al contrario de lo que había sucedido cuatro años antes con la exigencia del Privilegio General. El segundo privilegio contiene el otro en su totalidad e incluye, además, dos puntos nuevos. Los apartados comunes establecían que la Corona necesitaba de la autorización de la justicia para detener a ciertas personas, bien pertenecientes a Zaragoza, bien a la Unión. Para garantizar que él y sus descendientes acatarían lo pactado, el rey entregaba como garantía diversos castillos. En caso de incumplimiento, las nobles entregarían estas fortalezas a otro monarca o señor y se convertirían en sus vasallos. En los puntos no...
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