Privilegios de Inmunidad
Exenciones concedidas por los reyes a magnates laicos o eclesiásticos por las que éstos y sus dominios quedaban fuera del régimen jurídico común. Con antecedentes romanos ya en el Bajo Imperio, su puesta en práctica fue frecuente en los reinos hispánicos desde los inicios de la Reconquista a lo largo de toda la Edad Media, como también lo fue en el resto de la Europa medieval, a partir, en un principio, del reino franco. Sus primeras manifestaciones peninsulares proceden precisamente de allende los Pirineos y se trata de concesiones de los reyes carolingios fechadas en los ss. VIII y IX a iglesias y monasterios pirenaicos catalanes, así como a fideles (‘fieles’) de su órbita. El segundo ejemplo conservado es el que Alfonso II el Casto de Asturias (791 -842) dio a la iglesia de Valpuesta (Burgos) en el año 804. Dado que un privilegio de inmunidad consistía en una delegación de facultades normalmente ostentadas por el soberano en personas que de este modo veían...
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