Alcabala de Indias

20/07/2021 316 Palabras

Impuesto fiscal originario de Castilla que se aplicó en Indias desde finales del s. XVI. El importe de esta cuota fue el 2% del valor de las mercancías hasta el año 1637, en que se duplicó para atender los gastos de la flota de Barlovento. En las colonias se dieron tres tipos principales de alcabala: la “fija”, impuesta a las mercancías objeto de compraventa en los mercados; la “del viento”, cuando las operaciones anteriores eran efectuadas por forasteros y la de “alta mar”, cuando las mercancías procedían del extranjero. La alcabala debía ser aportada por el comprador de la mercancía. Las iglesias, monasterios, prelados y clérigos estuvieron exentos de este impuesto en las ventas de sus bienes, siempre que no fueran hechas con fines comerciales. Tanto los bienes de los viajeros con destino a América como los metales con fines monetarios estaban también libres de este pago. Los indios estuvieron exentos del pago de la alcabala si comerciaban con...

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